Reunida la Junta Nacional para analizar la resolución judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ) del pasado 30 de abril de 2020 por la cual confirma la decisión del Gobierno de prohibir el acto del día 2 de mayo convocado por La Falange de homenaje a los fallecidos por el Covid-19 y reivindicativo del derecho de libertad de expresión y de reunión durante el estado de alarma, y de protesta ante el Ministerio de Sanidad por la nefasta e ineficaz gestión de la crisis y su intento de silenciar e impedir opiniones contrarias a su gestión, se ha decidido por la Junta Nacional interponer recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia ante el Tribunal Constitucional en busca del amparo judicial cometido contra los patriotas y falangistas, que declare y restituya la lesión de derechos ejecutada por el Gobierno y amparada por el TSJ, por vulneración del Derecho Fundamental de Reunión y de Manifestación que consagra la Constitución Española.
Resulta bochornosa la hipocresía de nuestros actuales gobernantes al reconocer expresamente en el Real Decreto por el cual se promulga el Estado de Alarma que las medidas excepcionales que en ella se contienen no suponen la suspensión de ningún derecho fundamental de los españoles, entre los que se hallan los derechos de reunión y manifestación o el de libre circulación y, sin embargo, se consienta y obligue a un confinamiento de los españoles más estricto que el de un régimen carcelario.
Resulta por tanto un engaño a los españoles y un nuevo ardid propagandístico de este Gobierno frente populista proclamar a los cuatro vientos derechos y libertades, cuando de facto se prohíben, abolen y suspenden los derechos más básicos, pilares fundamentales de la democracia sobre la que se asienta este estado llamado Democrático y de Derecho que dicen defender.
Esta hipocresía y flagrante engaño a los españoles cometida por un Gobierno “despótico” que utilizando todos los medios de propaganda a su alcance se autodenomina Democrático y de Derecho, llega a su máxima expresión cuando infringe y pasa por alto, dejando en papel mojado a su mejor conveniencia, artículos tan básicos aplicables a la crisis actual como el 55 de la Constitución Española o el artículo 11 de la Ley Orgánica 4/1981 de 4 de junio sobre los estados de alarma, excepción y sitio, normativa imperativa y de máximo rango de ley, que igualmente la sentencia del TSJ que se va a recurrir también pasa por alto y, cuando no, maquilla y edulcora, plegándose a los dictados e intereses del Gobierno.
La Junta Nacional, por tanto, ha decidido en su última sesión dar instrucciones a sus servicios jurídicos de confianza para agotar las vías legales y, con ello, acudir en amparo al Tribunal Constitucional por vulneración del derecho fundamental de reunión y manifestación solicitando el restablecimiento del derecho en su integridad, denunciando este nuevo fraude de ley que ponga en entredicho esta nueva flagrante hipocresía cometida y ponga en su sitio a quienes delante de la TV maniquean el verdadero significado de las palabras libertad y democracia, pero en la práctica de su proceder imitan a sus ídolos como los mini dictadores corruptos bolivarianos chavistas amparándose en las instituciones del caduco Régimen del 78, pasando por alto a su libre antojo las normas básicas establecidas; cometiendo un nuevo atropello contra todos los patriotas y los falangistas, contra todos los españoles, y por quienes han jurado defender el ordenamiento jurídico existente elaborando disposiciones, acuerdos u órdenes anclados al más puro estilo estalinista frentepopulista que nos vienen teniendo mal acostumbrados.